Acceso a usuarios


  • 1.1.A. Misión y Visión

    MISIÓN

    El Instituto de Acción Comunal y Capital Social de Cundinamarca tiene como misión  promover nuevos liderazgos y promover el fortalecimiento de los Organismos de Acción Comunal con el objetivo de construir capital social mediante la participación activa de la comunidad en proyectos y programas que contribuyan a la mejora de las condiciones económicas y sociales a través del tejido colectivo. Fomentar la cohesión, el bienestar y la capacidad para enfrentar desafíos comunes es en concordancia con la política de acción comunal y el marco normativo que regula esta actividad.

    VISIÓN

    El Instituto Departamental de Acción Comunal de Cundinamarca para el año 2024 será la entidad líder departamental y nacional por su labor en la implementación de la política pública de acción comunal y de proyectos orientados al empoderamiento comunal y comunitario. Así mismo, se caracterizará por su aporte en la participación y democracia de los territorios gracias a su rol como agente de desarrollo comunitario de Cundinamarca

  • 1.1.B. Funciones y Deberes

    El Instituto de Acción Comunal y Capital Social de Cundinamarca, fue creado mediante Decreto Ordenanza No. Ordenanzal 262 de 2008. El Instituto de Acción Comunal y Capital Social de Cundinamarca, fue creado como establecimiento público del sector descentralizado del orden departamental, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio independiente, adscrito a la Secretaría de Gobierno. Artículo 6º. del Decreto nº  0252 del 09 de septiembre de 2016. Según decreto Ordenanzal 411 del 6 Noviembre del 2004, en su articulo 6 estableció que para el cumplimiento de sus objetivos el Instituto de Acción Comunal y Capital Social de Cundinamarca cumplirá las siguientes funciones:

     

    • 6.1. Generar procesos comunitarios autónomos de identificación, formulación ejecución, administración y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo comunitario. 

    • 6.2. Diseñar e implementar programas y proyectos que tengan por objetivo crear o fortalecer las formas de organización comunal en el Departamento.

    • 6.3. Asesorar en los ámbitos jurídico, administrativo técnico, financiero, contable social y productivo a la comunidad y a los organismos de acción comunal del Departamento en los trámites requeridos para su creación, estructuración y normal funcionamiento.

    • 6.4. Articular la visión del plan de desarrollo estratégico comunal de la federación con el plan de desarrollo del Departamento de Cundinamarca en coordinación con las instancias competentes.

    •  6.5. Prestar asistencia técnica y asesoría a los organismos de acción comunal en la formulación,  gestión, y ejecución de proyectos de proyectos comunitarios enmarcados dentro de los planes institucionales. 

    • 6.6. Ejercer la vigilancia, inspección y control de los organismos comunales de primer y segundo grado del Departamento de acuerdo a la normatividad vigente.

       

    •  6.7. Gestionar programas o proyectos con organizaciones públicas y privadas del orden del orden local, Departamental, Regional, Nacional e internacional, cuyo objeto contribuya al logro de los objetivos encomendados al Instituto de Acción Comunal y Capital Social Social de Cundinamarca.

    • 6.8. Mantener un sistema de información que facilite el registro, organización y acceso a la documentación legal y reglamentaria de los Organismos de acción comunal del Departamento.

    • 6.9. Realizar el seguimiento al desarrollo de los programas y proyectos del Instituto e implementar las acciones que se requieran para el cumplimiento de los mismos.


 

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